El Gobierno aprueba la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Fernando Alvarez     4 octubre 2013     2 min.
El Gobierno aprueba la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Ha quedado aprobada el día de hoy por parte del gobierno español la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que contempla sanciones más duras por conducir bajo el efecto de drogas o establece la obligatoriedad del casco para los ciclistas. Se establece también el límite de 130 km/h en autopistas bajo condiciones especiales.

El pasado 26 de julio el Consejo de Ministros recibió un informe del ministro del Interior sobre el Anteproyecto de Ley que introduce notables cambios en la vigente normativa de seguridad vial en España. Tras recibir su aprobación, el Ministerio del Interior, conforme a lo previsto en la Ley del Gobierno, solicitó un informe al Consejo Superior de Seguridad Vial, así como a los Ministerios de Justicia, de Fomento y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

En los últimos años las modificaciones en la normativa de tráfico se habían centrado en aspectos generales del comportamiento de los conductores (permiso por puntos, delitos contra la seguridad vial, procedimiento sancionador), mientras que esta reforma se centra en aspectos concretos que no se habían abordado en los últimos tiempos. Vamos a ver entonces, cuales son Las principales novedades que recoge el nuevo Proyecto de Ley.

Los puntos más importantes son:

  • Se mantiene la prohibición de conducir con la presencia de drogas en el organismo, salvo en el caso que exista prescripción facultativa y una finalidad rehabilitadora.
  • En los casos de exceso de velocidad, la multa llevará aparejada, además de la sanción económica, la pérdida de puntos siempre que se superen los 150 km/h, con independencia de que el límite máximo sea de 120 km/h ó 130 km/h (en los tramos preparados y señalizados para poder circular hasta esta velocidad).
  • Se modifica en su totalidad la disposición adicional novena en relación con los atropellos cinegéticos, de manera que, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Ahora bien, cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza, el responsable será el propietario del terreno y, si es por la falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de esa vía donde se ha producido el atropello.

El nuevo texto legal recoge la reforma de la regulación de la utilización del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil y el casco; la prohibición de los detectores de radar y la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

Los menores de dieciocho años deberán llevar casco obligatoriamente cuando circulen en bicicleta por cualquier tipo de vía; se adoptará el principio de «tolerancia cero» en materia de drogas. Además, la multa por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas, o verse invloucrados en accidentes con presencia en el organismo de drogas, pasará de quinientos a mil euros.

Respecto a los detectores de radar, queda prohibido su uso y se tipificará como infracción grave el quebrantamiento de esta prohibición, con una sanción de doscientos euros y la pérdida de tres puntos del carné.

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