La DGT regula el uso de los patinetes: multas de hasta 1.000 euros por conducir ebrio y hasta 200 por usar el móvil

David Lopez    @espacionblanco    5 diciembre 2019     3 min.
La DGT regula el uso de los patinetes: multas de hasta 1.000 euros por conducir ebrio y hasta 200 por usar el móvil

Las multas pueden llegar a ser de hasta 1.00 euros por conducir ebrio pero otras multas son 100 € por ir 2 personas o 200 € por ir por la acera o sin luces.

Cada vez resulta más habitual ver en nuestras ciudades a los tan de moda patinetes eléctricos, un parque móvil que en los últimos dos años a aumentado hasta, según estimaciones, entorno las 20.000 unidades para uso particular y unas 5.000 unidades para ser alquiladas. Este aumento de patinetes eléctricos que conviven con vehículos y peatones ha provocado varios accidentes de varia gravedad, unos 300 en los últimos dos años, quedando ambas partes desprotegidas al no haber una legislación para los patinetes.

Ante el aumento de accidentes cada vez han sido más las voces que clamaban por una regulación, algo que ha sido escuchado por la DGT resultando en una instrucción que unifica criterios, evitando así que, como hasta ahora, sean los ayuntamientos los que tengan que interpretar para cada caso. Quizás lo más importante para los ya usuarios es que no van a tener que sacar ningún tipo de carné o licencia, además de que, aunque existen distintos tipos de seguros que varían su precio según las cláusulas contratadas, estos tampoco será obligatorios contratarlos.

Patinete Electrico (1)

La DGT asocia los patinetes eléctricos a Vehículo de Movilidad Personal (VMP), que se define como aquellos vehículos de una o mas ruedas con plaza para una persona y propulsado únicamente con motores eléctricos, los cuales no podrán sobrepasar por construcción una velocidad máxima fijada entre los 6 y 25 km/h. Todo lo que no se encuentre dentro de estas definición (ya sea vehículos o patinetes con asiento, para personas de movilidad reducida, bicicletas con motor…) no se encuentra afectados, incluso si no llegan a la velocidad máxima de 6 km/h ya que serían considerados juguetes.

Pero además, al considerarse ya como un vehículo, tendrán que cumplir normas como cualquier otro, como por ejemplo las referentes a alcohol y drogas que se sancionarán con multas de 500 euros si se da positivo y con hasta 1.000 euros si se sobrepasa la tasa estipulada. Lógicamente cualquier conductor de un patinete eléctrico estará obligado a someterse a las pruebas pertinentes y, en caso de negarse, tendrán que enfrentarse a una denuncia por infracción administrativa.

Patinete Electrico (2)

Asimismo tampoco se podrá hacer uso del teléfono móvil y/o llevar auriculares mientras se conduce un patinete eléctrico siempre que no tengamos un dispositivo manos libres, algo que si hacemos nos enfrentaremos a una multa de 200 euros. Lógicamente al disponer de una sola plaza no podremos llevar acompañante, algo que si hacemos y nos multan estaremos obligados a pagar 100 euros, además de que no se podrá por zonas peatonales ni aceras a no ser que lo empujemos, ya que si no tendremos que pagar 200 euros de sanción. La circulación haciendo uso del casco y otros elementos de protección se regirá por ordenanzas municipales, lo cual si está estipulado y no lo hacemos recibiremos una sanción de 200 euros por desobediencia, a lo que habrá que aumentar 200 euros si circulamos de noche sin alumbrado y prendas o elementos reflectantes.

Cabe decir que, al poder ser utilizados por menos de 18 años, en caso de un menor de edad sea sancionado tendrán que ser los padres o los tutores legales los respondan ante la sanción establecida.

 

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