Multa por adelantar, así es la nueva sanción de la DGT que entrará en vigor después del verano

Mónica Redondo    @MonicaRedondoD    11 agosto 2021     2 min.
Multa por adelantar, así es la nueva sanción de la DGT que entrará en vigor después del verano

Posiblemente, después del verano la Dirección General de Tráfico sancionará a los conductores que rebasen la velocidad permitida para realizar adelantamientos.

Una vez que finalice el periodo estival, la Dirección General de Tráfico dará luz verde a la reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Esta nueva normativa eliminará el margen de 20 km/hora para adelantar en carreteras convencionales. La Dirección General de Tráfico ha apuntado que esta medida tiene como objetivo «mantener la coherencia de los límites de velocidad en carreteras convencionales».

Además, desde la DGT, defienden que la eliminación de este margen contribuye a mejorar la seguridad en los adelantamientos. El Proyecto de Ley que se ha presentado en el Congreso versa que «la eliminación de esta posibilidad es el último aspecto importante que queda para la adecuación de los límites de velocidad en las carreteras convencionales sea real». «La supresión de esta medida, que ya había sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea, refuerza el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal».

Adelantamiento A Camiones

Después del verano te podrán sancionar por rebasar los límites de velocidad para adelantar

Una vez que la nueva normativa esté vigente, la sanción, siempre que no se rebasen los 20 km/hora la velocidad máxima en vías con límites superiores a 50 km/hora, será de 100 euros y no conllevará la pérdida de puntos del carnet de conducir.

La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial eliminará el apartado cuatro del artículo 21 en el que se puede leer que «las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas».

Esta medida se anunció en noviembre de 2020 pero aún no ha entrado en vigor. Todo apunta a que implantará después de verano, tras la aprobación en el Congreso de los Diputados una vez reanudada la actividad parlamentaria. Una vez aprobada la medida, no entrará en vigor hasta que se publique en el Boletín Oficial del Estado, BOE.

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