Reforma polémica de la DGT: así afectará a los adelantamientos

Victor Alós Yus    @sepelaci    23 diciembre 2020     2 min.
Reforma polémica de la DGT: así afectará a los adelantamientos

Los cambios de la normativa de tráfico trae más novedades y sanciones, como la prohibición de superar el límite de velocidad en los adelantamientos.

La normativa de tráfico va a sufrir serias modificaciones, que van hacer que se añadan muchas sanciones que en la actualidad no están contempladas, como el uso del teléfono móvil aunque se esté parado en un semáforo. Los cambios son importantes y desde la DGT aseguran que están buscando mejorar la seguridad en la circulación y reducir los siniestros.

Una de las decisiones más polémicas que surgen de esta modificación de la normativa es la eliminación de la posibilidad de superar en un 20% la velocidad máxima de una vía para realizar un adelantamiento. Esto va a suponer que ahora, en una vía con velocidad máxima de 90 km/h se podía alcanzar una velocidad entre 91 y 120 kilómetros y realizar el adelantamiento sin más complicaciones.

Trafico Atasco 02

A partir de la puesta en vigor de la nueva normativa, esa posibilidad desaparecerá y no se podrá superar el límite de velocidad en una maniobra de adelantamiento. Eso quiere decir que, al igual que en autopista y autovía, no se podrá rebasar el límite máximo de velocidad de la vía. El objetivo es, claro, evitar accidentes causados por un exceso de velocidad en vías secundarias y con calzada con ambos sentidos de circulación.

Sanciones por adelantamiento indebido

En la nueva normativa se contemplan sanciones que comienzan a aplicarse a partir de un kilómetro por hora más que el límite máximo de velocidad. Pero la buena noticia dentro de esta nueva norma es que en el primer tramo de velocidad indebida, que es lo permitido actualmente, la multa se reducirá al pago de 100 euros y no se sustraerán puntos del carnet de conducir.

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El año 2021 contará con cambios en la legislación de tráfico por parte de la DGT , en la que se incluirá el nuevo sistema de señalización con las luces V-16.

Siguiendo con el ejemplo anterior, si para adelantar se alcanza una velocidad entre 91 y 120 km/h la sanción aplicada será de 100 euros, sin sustracción de puntos. Si el límite de velocidad es de 80 km/h, se sancionará con una velocidad de entre 80 y 110 km/h. Pero a partir de esa velocidad se sancionará de la misma manera que se hace hasta ahora.

Como es lógico, esta medida no ha sentado bien a muchas asociaciones de conductores, que la ven bastante ilógica. La posibilidad de incrementar la velocidad en un momento dado y evitar un accidente volviendo con rapidez al carril derecho puede ser mucho más práctico que reducir la velocidad y desistir del adelantamiento.

¿Qué opinas de esta novedad en la normativa de la DGT que entrará en vigor en 2021?

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