¿Sabías que circular marcha atrás tiene una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet?

Mónica Redondo    @MonicaRedondoD    14 agosto 2021     2 min.
¿Sabías que circular marcha atrás tiene una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet?

Circular marcha atrás de forma prolongada tiene una sanción económica de 500 euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir.

¿Sabías que circular marcha atrás tiene una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet? La Dirección General de Tráfico ha querido recordar a todos los conductores que la marcha atrás no se puede utilizar de forma indebida. Si no se lleva a cabo esta recomendación, puede tener una sanción de hasta 500 euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir. Recuerda que lo más importante es tu seguridad, por eso, evita poner en peligro al resto de usuarios de la vía.

La Dirección General de Tráfico también quiere seguir concienciando a todos los usuarios y según el Reglamento General de Circulación, en su artículo 32 se dice que: «se prohíbe circular marcha atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de la marcha, y en las maniobras complementarias de otra que las exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla».

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Circular marcha atrás tiene una sanción de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet

Tal y como indica el artículo 32 del Reglamento General de Circulación, las únicas excepciones para utilizar la marcha atrás son:

  • Maniobra complementaria de otra que las necesite; por ejemplo para aparcar.
  • En el momento que sea imposible circular hacia delante  y cambiar de dirección y sentido.

Así mismo, la DGT ha apuntado que la circulación marcha atrás no puede superar los 15 metros cuando se lleva a cabo de forma complementaria a una maniobra de «parada, estacionamiento o incorporación a la circulación». Esto se puede comprobar en el artículo 81 del Reglamento General de Circulación, «el recorrido hacia atrás, como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación, no podrá ser superior a 15 metros ni invadir el cruce de vías».

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Estas son las multas que tiene la circulación marcha atrás

  • Multas de 200 euros por circular marcha atrás, incumpliendo la normativa.
  • Multas de 200 euros y retirada de 4 puntos del carnet por circular marcha atrás en autovías y autopistas.
  • Multas de 500 euros y retirada de 6 puntos por circular marcha atrás de forma prolongada. Esta infracción es muy grave y puede estar considerada como conducción temeraria.

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